Elvira Martínez, acompañada por la organización “Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica” y el “Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez” (Centro Prodh), interpuso una demanda de amparo reclamando que la CNDH vulneraba sus derechos.
El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, resolvió que la titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) María del Rosario Piedra Ibarra, violó el derecho a la verdad y el acceso de la información de las víctimas y la sociedad.
Luego de que ordenó, testar indebidamente más de 2 mil 540 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, incluida la del caso de los mineros atrapados en la mina “Pasta de Conchos”.
El pasado 17 de mayo de 2024, dicho Juzgado, otorgó el amparo 1545/2023 solicitado por Elvira Martínez Espinoza, esposa de Jorge Bladimir Muñoz Delgado, uno de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos en Coahuila, derivado de la decisión de la CNDH de eliminar de su página web la “Recomendación 26/2006” relativa al caso y posteriormente publicar una versión testada de la misma.
En la recomendación del caso se determinó que se cometieron diversas violaciones a los derechos humanos de los mineros y sus familias y que las autoridades habían tolerado irregularidades y violaciones a la seguridad en la mina desde el año 2000.
Esta negligencia contribuyó a la explosión en la mina y, como resultado, a la pérdida de vidas, en un contexto de falta de justicia y de reparación, su publicación constituyó un logro de la lucha de las familias por el reconocimiento de los hechos.
Elvira Martínez, acompañada por la organización “Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica” y el “Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez” (Centro Prodh), interpuso una demanda de amparo reclamando que la CNDH vulneraba sus derechos.
Juez reconoce que la CNDH violó el derecho a la verdad al testar recomendaciones de DDHH
Esto, luego de percatarse de que la recomendación del caso “Pasta de Conchos” -en el que ella es reconocida como víctima-, que se encontraba publicada en la página web del organismo, estaba testada y se habían censurado elementos fundamentales como los hechos que describían las violaciones a los derechos humanos ocurridas, derivado del siniestro sucedido el 19 de febrero de 2006.
En la sentencia, el Juez reconoce que al testar la recomendación, la CNDH “Violó el Derecho a la Verdad y al Acceso a la Información” de Elvira Martínez, destacando que las recomendaciones, como documentos oficiales públicos, deben respetar el principio de “Máxima Publicidad”, para que la sociedad en su conjunto tenga conocimiento de los hechos y violaciones ocurridas en un caso y debe ponderarse la existencia del interés público.
Consecuentemente, el Juez ordenó a la CNDH que “Publique la versión íntegra de la Recomendación en su página web sin testar ninguno de los datos”, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez” (Centro Prodh), advirtió que:
“Para las organizaciones y familiares de víctimas de graves violaciones a derechos humanos es fundamental que esta decisión se extienda en el resto de los 2,540 casos mencionados”.
Y exigió a la CNDH que cumpla con lo ordenado por el juzgado y publique íntegramente las recomendaciones, sin esperar a que cada víctima tenga que interponer un amparo y litigar derechos que la misma Comisión por sí misma tendría que garantizar, finalmente señaló:
“Las organizaciones seguiremos buscando que el Poder Judicial de la Federación se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de las normas y acuerdos con que el organismo ha retrocedido con opacidad en la garantía plena del derecho a la verdad”.